Las autoridades chilenas deben dejar de utilizar la Ley Antiterrorista para criminalizar personas mapuche e investigar las denuncias de irregularidades en el juicio de las tres personas condenadas en relación con la muerte de Werner Luchsinger y Vivianne Mackay en 2013, dijo Amnistía Internacional hoy.
“Este juicio marcado por diversas denuncias de irregularidades, demuestra la manera discriminatoria en la que se aplica la justicia en contra de líderes de pueblos Indígenas, lo cual no sólo afecta a las personas imputadas, sino también vulnera el derecho de acceso a la justicia de las víctimas del crimen y sus familiares”, dijo Erika Guevara Rosas, Directora para las Américas de Amnistía Internacional.
“Las autoridades chilenas deben realizar una investigación exhaustiva, independiente, imparcial y expedita de las denuncias de presuntas ilegalidades cometidas en la obtención de las pruebas usadas en contra de las personas condenadas.”
La pareja Luchsinger-Mackay murió cuando personas desconocidas incendiaron su predio el 4 de enero de 2013. La machi Francisca Linconao, autoridad espiritual del Pueblo mapuche, fue una de las 11 personas acusadas de incendio con resultado de muerte con carácter terrorista.
Todos fueron absueltos a finales del 2017, pero tras la declaración de nulidad del primer juicio, tres de ellos fueron condenados hoy después de enfrentar otro juicio por los mismos hechos, en un proceso con múltiples denuncias de irregularidades y contrario a las normas internacionales sobre un juicio justo. La machi Francisca Linconao y las otras siete personas fueron absueltas de nuevo hoy.
El 27 de abril se condenó a dos personas mapuche, y se absolvió a otras dos, acusados de haber quemado una iglesia evangélica en 2016, en otro caso de procesamiento a través de la Ley Antiterrorista. A pesar de que la condena no se basó en dicha legislación, se usaron mecanismos previstos en esta ley durante el proceso judicial, tales como el uso de prisiones preventivas prolongadas y uso de testigo con identidad reservada, entre otras. Los testigos con identidad reservada fueron la principal prueba para la decisión condenatoria.
“Pese a que Chile ha sido condenado ya por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en relación a la aplicación de la ley antiterrorista al pueblo mapuche, y muy en especial en relación a las prisiones preventivas prolongadas y el uso de testigos con identidad reservada, resulta indignante que se insista en aplicar esta legislación en casi las mismas condiciones que fueron materia de esta condena”, señaló Erika Guevara Rosas.
Amnistía Internacional ha hecho un seguimiento cercano a ambos juicios y ha podido constatar que continúa la aplicación de prisiones preventivas desproporcionadas, testigos reservados que vulneran el derecho a una defensa adecuada, y otras irregularidades en la práctica, admisión y valoración de pruebas.
En otros casos de similar naturaleza en Chile, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha determinado que el procesamiento de personas mapuche a través de la Ley Antiterrorista viola sus garantías judiciales y se ha basado en estigmas y discriminación.
“Las autoridades chilenas deben desistir inmediatamente de criminalizar el pueblo mapuche y sus líderes a través de la Ley Antiterrorista. El Estado chileno tiene una obligación de no discriminar a las personas mapuche y garantizar su derecho a juicios justos en vez de tildarlas como ‘terroristas,’” dijo Erika Guevara Rosas.
“Asimismo, deben esclarecer los hechos y llevar ante la justicia a las personas responsables por el terrible muerte de la pareja Luchsinger-Mackay en un proceso que cumpla con las garantías de un juicio justo.”