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Señor Ministro de Relaciones ExterioresEmbajador José Antonio García BelaundeSeñor Ministro,En la próxima reunión del Comité Preparatorio del Tratado Internacional sobre el Comercio de Armas (TCA), que se celebrará entre el 11 y el 15 de julio de 2011, la delegación de nuestro gobierno tendrá ocasión de asegurarse de que el TCA realmente aborda la violencia armada para impedir que las transferencias de armas contribuyan a un panorama persistente de elevados niveles de homicidios o lesiones graves o violencia de género -en particular violación y otras formas de violencia sexual- relacionados con las armas de fuego, o los faciliten.Además de parámetros sólidos que prohíban las transferencias de armas cuando haya un riesgo sustancial de que dichas armas se utilicen para perpetrar o facilitar graves violaciones del derecho internacional de los derechos humanos o el derecho internacional humanitario, es necesario que en el TCA haya un criterio para abordar otras formas de violencia armada perpetrada con armas pequeñas, especialmente armas de fuego.El uso de armas de fuego en contextos que no son de conflicto armado es la forma más frecuente de violencia armada y la que más muertes y heridas causa. Aproximadamente el 60 por ciento de los homicidios en contextos que no son de conflicto armado se cometen con armas de fuego. Teniendo en cuenta este dato, es razonable concluir que las armas de fuego y las municiones deben ocupar una parte central en las iniciativas de reducción de la violencia armada.Una manera de abordar la disponibilidad y el suministro de estos "instrumentos de la violencia armada" es la mejora de los controles sobre su oferta inicial El TCA debe exigir que el Estado exportador evalúe el riesgo de que las armas en cuestión perpetúen un panorama de elevados niveles de homicidios, lesiones o violencia de género relacionados con armas de fuego, o contribuyan a él. El Estado importador también debe evaluar los riesgos que implica la entrada de las armas a su país. Antes de que se emita la licencia de exportación, deberá exigirse una prueba de autorización del Estado importador.Para que el TCA aborde eficazmente la violencia armada, es necesario que los delegados de Perú aseguren de que en la próxima reunión del Comité Preparatorio del TCA, que se celebrará en julio, el texto del Tratado incluye un criterio que exija que el Estado exportador evalúe la solicitud de armas convencionales (en este caso armas de fuego y su correspondiente munición) frente al riesgo de que estos artículos perpetúen un panorama de elevados niveles de homicidios, lesiones graves o violencia de género con armas de fuego, o los faciliten. Cuando una exportación específica esté siendo evaluada y exista un riesgo significativo de que pueda generar este efecto, debe negarse la licencia o autorización.Recomendamos que se incluya en el conjunto B de criterios del borrador del presidente del 3 de marzo de 2011 un nuevo criterio con la siguiente redacción: "sean utilizadas para perpetuar un panorama de elevados niveles de homicidios o lesiones graves o violencia de género -en particular violación y otras formas de violencia sexual- o los faciliten".Atentamente,